Acogiéndose a la Resolución N° 726 de 2015 “Por la cual se adoptan medidas para promover el Uso Eficiente Y Ahorro Del Agua Potable y desincentivar su consumo excesivo”, emitida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA y el Ministerio de Vivienda, la Empresa de Servicios Públicos de Fusagasugá EMSERFUSA E.S.P. empezará a aplicar las medidas establecidas en dicho documento, a quienes excedan los consumos de Agua en el Municipio.
Esto en concordancia con el llamado que el Gobierno Nacional ha lanzado frente al impacto del Fenómeno del Niño en el País.
¿Qué busca esta medida?
Con esta medida, se busca desincentivar el consumo excesivo del preciado líquido, ya que el Fenómeno del Niño, ha generado una sequía que se extenderá según el IDEAM al menos hasta Marzo de 2016, en gran parte del territorio Nacional.
¿Quiénes son los directos afectados?
Las medidas contenidas en la resolución N° 726 de 2015 se aplicaran por todas las Empresas prestadoras del Servicio Público Domiciliario en los Departamentos de Bogotá D.C., Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte Quindío, Risaralda, Santander, Tolima, Valle del Cauca entre otros.
Y afecta directamente a quienes hagan un uso excesivo de metros cúbicos de agua (M3)
¿Cómo funciona esta medida?
La sanción se aplicará teniendo en cuenta dos conceptos, los metros sobre el nivel del mar en los que se encuentra el Municipio y los metros cúbicos de agua (M3) consumidos por suscriptor es decir:
Altitud = Ciudades entre 1000 y 2000 msnm
Promedio de consumo = 14 m3/suscriptor/mes
Nivel de consumo excesivo = Encima de 28 m3/suscriptor/mes