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Si consume más de 28 metros cúbicos de agua, le cobrarán el doble

EMSERFUSA, APLICARÁ LA RESOLUCIÓN CRA N° 726 DE 2015, “POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER EL USO EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA POTABLE Y DESINCENTIVAR SU CONSUMO EXCESIVO”

Acogiéndose a la Resolución N° 726 de 2015 “Por la cual se adoptan medidas para promover el Uso Eficiente Y Ahorro Del Agua Potable y desincentivar su consumo excesivo”, emitida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA y el Ministerio de Vivienda, la Empresa de Servicios Públicos de Fusagasugá EMSERFUSA E.S.P. empezará a aplicar las medidas establecidas en dicho documento, a quienes excedan los consumos de Agua en el Municipio.

Esto en concordancia con el llamado que el Gobierno Nacional ha lanzado frente al impacto del Fenómeno del Niño en el País.

¿Qué busca esta medida?

Con esta medida, se busca desincentivar el consumo excesivo del preciado líquido, ya que el Fenómeno del Niño, ha generado una sequía que se extenderá según el IDEAM al menos hasta Marzo de 2016, en gran parte del territorio Nacional.

¿Quiénes son los directos afectados?


Las medidas contenidas en la resolución N° 726 de 2015 se aplicaran por todas las Empresas prestadoras del Servicio Público Domiciliario en los Departamentos de Bogotá D.C., Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte Quindío, Risaralda, Santander, Tolima, Valle del Cauca entre otros.

Y afecta directamente a quienes hagan un uso excesivo de metros cúbicos de agua (M3)

¿Cómo funciona esta medida?

La sanción se aplicará teniendo en cuenta dos conceptos, los metros sobre el nivel del mar en los que se encuentra el Municipio y los metros cúbicos de agua (M3) consumidos por suscriptor es decir:

Altitud = Ciudades entre 1000 y 2000 msnm 
Promedio de consumo = 14 m3/suscriptor/mes 
Nivel de consumo excesivo = Encima de 28 m3/suscriptor/mes
Fusagasugá se encuentra entre los 1000 y 2000 metros sobre el Nivel del Mar, y tiene un promedio de 14 metros cúbicos por suscriptor, si el suscriptor se excede de un promedio de 28 metros cúbicos obtiene las sanciones establecidas en la Resolución CRA 726 de 2015.

Básicamente “Cada metro cúbico consumido de exceso será cobrado al suscriptor el doble”

¿A dónde van los recursos que se obtengan por los pagos adicionales?

Estos serán girados por EMSERFUSA E.S.P. al Fondo Nacional Ambiental (FONAM), que deberá invertirlos en el cuidado de cuencas abastecedoras con reforestación y otras obras.

¿Cuándo entrara en vigencia esta medida?


Esta entrará en vigencia a partir de la fecha y hasta que el IDEAM informe que el Fenómeno climático ha cesado en el territorio nacional.

Cabe anotar que aplicación del desincentivo se realizará sobre los consumos generados a partir del inicio del periodo de facturación siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución.

Así mismo la Alcaldía de Fusagasugá y la Empresa de Servicios Públicos de Fusagasugá EMSERFUSA E.S.P. quieren invitar a la comunidad, a que desde sus hogares tomen las medidas necesarias para hacer ahorro y uso eficiente del agua, con esto evita los sobre costos que esta medida puede acarrear.

Si usted desea conocer más sobre esta resolución puede consultarla aquí:

http://www.emserfusa.com.co/publicaciones/emserfusa_aplicara_la_resolucion_cra_n_de_%93por_la_cual_se_adoptan_medidas_para_promover_el_uso_eficiente_y_ahorro_del_agua_potable_y_desincentivar_su_consumo_excesivo%94_pub

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