El Juzgado Segundo Penal Municipal de Fusagasugá Distrito Judicial de Cundinamarca falló a favor de la Alcaldía Municipal y la Secretaría de Educación, frente a la tutela accionada por la Subdirectiva del Municipio de Fusagasugá-Asociación de Educadores de Cundinamarca.
De acuerdo con el fallo de tutela expedido por el juzgado en mención, quien notifica de manera textual:
“DENEGAR la tutela incoada por SUBDIRECTIVA DEL MUNICIPIO DE FUSAGASUGÁ - ASOCIACIÓN DE EDUCADORES DE CUNDINAMARCA, en contra de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE FUSAGASUGÁ y la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE FUSAGASUGÁ, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.”.
Ante el hecho que profiere el juez, deja a la Secretaria de Educación la discreción del retorno a clases según los criterios que indique la misma tal como se expresa en el oficio del fallo:
“Dejar sin efecto jurídico la medida provisional decretada el 28 de julio de 2021 y a discreción de la Secretaría de Educación de Fusagasugá la nueva de fecha de retorno a clases presenciales.”.
De esta manera se espera que la Secretaria de Educación informe y manifieste cómo será el proceder para que de manera oficial se dé inicio al retorno a las aulas en las Instituciones Educativas Municipales.