¿Está usted de acuerdo, SI O NO, que en el municipio de Fusagasugá se realicen actividades de exploración, perforación y producción de hidrocarburos, fracking, y minería a gran escala?
Benjamín Gómez.- Frente a la política minera del Gobierno Nacional que permite la
explotación minera en la Provincia del Sumapaz y peor, cuando está contemplada
la posibilidad de autorizar el uso del Fracking (Fracturación del subsuelo
mediante químicos y explosiones), la ciudadanía se organizó en movimientos
sociales tales como ¡AGUA SÍ, PETRÓLEO NO!
La sociedad en conjunto ha rodeado esta motivación ciudadana y es así
como partidos políticos, autoridades y diferentes tipos de organizaciones respaldaron
la propuesta para realizar una CONSULTA POPULAR que, como lo determina la
Constitución, defina al nivel de ORDEN de OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO, lo que decida
la ciudadanía a través de este mecanismo de participación.
Con el respaldo del Concejo Municipal, al apoyo del Señor Alcalde Luis
Cifuentes, se adelantaron los pasos necesarios para la realización de la
Consulta Popular, desafortunadamente, para el medio ambiente y la vida en
general, tanto el Ministerio de Hacienda como la Registraduría Nacional han
buscado hacerle el quite, con argumentos presupuestales y jurídicos.
Concejal Luz Fanny López |
Con el apoyo de la concejal Luz Fanny López, del partido Polo
Democrático, apoyo representado en la colaboración para la obtención de la documentación
necesaria, así como en el impulso a nivel político de la propuesta, la señora
Patricia Rodríguez dirigente destacada del movimiento ¡AGUA SÍ, PETRÓLEO NO! Presentó una ACCIÓN DE TUTELA para
garantizar sus derechos fundamentales.
El Juzgado cincuenta y tres
administrativo del circuito de Bogotá, conoció y falló el 27 de julio sobre el
proceso 110013342053-2018-00270-00.
La autoridad judicial ordena en su fallo a la Registraduría, para que en
un plazo de quince días determine el procedimiento para la realización de la
Consulta Popular en Fusagasugá, y al Ministerio de Hacienda para que en un
plazo de diez días, garantizar los recursos para la realización de la misma
consulta.
Patricia Rodríguez - ¡AGUA SÍ, PETRÓLEO NO! |
En total, veinticinco días,
tienen los organismos del nivel nacional para garantizar la realización del
hecho democrático. Esto, si no ha sido impugnado el actual fallo, de ser así,
será la Corte quien defina en última instancia.
La posible impugnación solo sería una actitud dilatoria por cuanto la
corte ha sentado, en varias oportunidades, jurisprudencia sobre la realización
de este tipo de consultas. Entre otras definiciones ha sustentado la Corte que:
“Entre el derecho de la legalidad del
gasto y el derecho a la participación ciudadana prima el derecho ciudadano” Además
“La falta de recursos no puede ser traba
para ejercer los derechos ciudadanos, por el contrario deslegitima el sistema
democrático”
El último paso le corresponde al Alcalde Municipal, debe acordar con la Registraduría
la fecha en la cual la ciudadanía acuda a las urnas para responder a la
Consulta Popular.
La pregunta a responder es:
¿Está usted de acuerdo, SI O NO,
que en el municipio de Fusagasugá se realicen actividades de exploración,
perforación y producción de hidrocarburos, fracking, y minería a gran escala?